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Diferencias entre persona jurídica y persona natural

La pregunta más común entre los emprendedores que inician con una marca o establecimiento es si deben registrase como persona natural o jurídica.

 Aquí le contamos las diferencias más significativas que debes analizar para tomar la decisión correcta. 

En temas de responsabilidad

PERSONAS NATURALES

La Persona Natural Responde Ilimitadamente por todas las actividades que realice bajo su nombre.

• No se pueden Terminar las responsabilidades, ni liquidar la empresa, (cerrar en la cámara, no significa cerrar o liquidar la empresa)

• No hay Independización de las actividades, si hace varias actividades todas recaen sobre la Persona Natural.

PERSONAS JURÍDICAS

Los Socios de la Persona Jurídica Responden Limitadamente hasta
sus aportes por las actividades que realice la Sociedad.

• Si se pueden terminar las responsabilidades; se puede liquidar la empresa y esto Si significa cerrar la empresa.

• Si hay Independización de las actividades, se puede tener una sociedad para cada negocio las cuales son independientes entre sí e independiente del patrimonio familiar

En temas de impuestos

PERSONAS NATURALES

Renta: es Progresiva, a mayores ingresos mayor tasa de tributación, más alta es 39%

• IVA o Consumo: Si cumple con los topes debe declarar este impuesto

• I y C: Siempre Debe declarar este impuesto

• Retención: Si cumple con los topes debe realizar y le realizarán
retención sobre renta.

PERSONAS JURÍDICAS

Renta: Siempre la misma tasa de tributación 33%


• IVA o Consumo: Siempre debe declarar este impuesto


• I y C: Siempre debe declarar este impuesto


• Retención: Siempre debe realizar y le realizarán retención sobre renta.

En temas laborales y seguridad social

PERSONAS NATURALES

• Tiene el beneficio de descuento de salud y parafiscales a partir
del 3er empleado.

• La Persona Natural debe pagar seguridad social sobre el 40%
de la Utilidad Mes.

• La Persona contratante responde Ilimitadamente con su patrimonio en controversias laborales.

PERSONAS JURÍDICAS

• Tiene el beneficio de descuento de salud y parafiscales a partir del 1er
empleado.

• Se pueden vincular a los propietarios y/o familiares a la seguridad social como empleados.

• Los Socios no responden con su patrimonio en controversias laborales, si lo hace el Representante Legal si se le demuestra culpa.

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