IMPUESTO DE RENTA
¿QUÉ ES Y QUIÉNES DEBEN PAGARLO?
Es un impuesto que se debe pagar cuando los ingresos de una persona producen un incremento en su patrimonio durante el último año.
declaración de renta en Colombia, relacionados con tus ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias del año anterior.
La norma establece que no están obligados a declarar renta los asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA), cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80 por ciento (80%) de pagos originados en una relación laboral, siempre y cuando en relación con el año gravable 2020, se cumplan la totalidad de los requisitos que te explicaremos a continuación.
¿Quiénes deben pagarlo?
- Las Personas Naturales y las sucesiones ilíquidas Contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios.
- Las Personas Naturales, sean nacionales o extranjeras, sin residencia en el país respecto de su riqueza poseída directa o indirectamente, a través de establecimientos permanentes en el país, salvo las excepciones legales y las previstas en los tratados internacionales.
- Las sucesiones ilíquidas de causantes sin residencia en el país al momento de su muerte respecto de la riqueza poseída en el país.
- Las Personas Jurídicas y Sociedades de Hecho Contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios.
- Las sociedades y entidades extranjeras respecto de su riqueza poseída directamente en el país, salvo las excepciones legales y las previstas en los tratados internacionales.
- Las sociedades y entidades extranjeras respecto de su riqueza poseída indirectamente a través de sucursales o establecimientos permanentes en el país, salvo las excepciones legales y las previstas en los tratados internacionales.
Tenga en cuenta
- No son contribuyentes del Impuesto a la Riqueza las personas de que tratan los Consorcios y uniones temporales, Inversionistas extranjeros de portafolio, Entidades sin ánimo de lucro, Fondos de Inversión, Fondos de Valores, Fondos Comunes Administrados por Entidades Fiduciarias y Fondos de Pensiones y Cesantías, Centros de eventos y convenciones con participación mayoritaria de las Cámaras de Comercio y que sean Empresas Industriales y Comerciales del Estado.
- Tampoco son contribuyentes las entidades que se encuentren en liquidación, concordato, liquidación forzosa administrativa, liquidación obligatoria o que hayan suscrito acuerdo de reestructuración conforme a las leyes 550 de 1999, o acuerdo de reorganización conforme a la Ley 1116 de 2006 y las personas naturales que se encuentren sometidas al régimen de insolvencia.
Topes para declarar renta en 2021
Todas las personas naturales que cumplan con alguna de las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2020:
- Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2020 sea igual o superior a $160.262.000
- Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $49.850.000
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $49.850.000
- Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $49.850.000
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $49.850.000
¿Qué pasa si no presento mi declaración de renta o la presento tarde?
Al ser un deber decretado por ley, las personas naturales que no declaren renta o lo hagan fuera de la fecha establecida tendrán sanciones.
- Si presentas tu declaración de renta después de tu fecha límite, tendrás que pagar una sanción por declarar tarde, conocida como sanción por extemporaneidad.
- La sanción mínima que se pagará en 2021 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la DIAN es de $363.000. Es decir que solo por declarar un día tarde, ya tendrías que asumir este valor.
- De no declarar impuestos sobre la renta en ninguno de los casos anteriores se le sumara un 20% como sanción en base a el valor de sus consignaciones bancarias o bien los ingresos brutos de la persona.
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