Régimen simple de tributación y Régimen simplificado
¡Todo lo que debes saber!
Con la Ley 1943 de 2018 se eliminaron los términos, utilizados comúnmente, Régimen Común y Régimen Simplificado del impuesto a las ventas (IVA) y su denominación cambió por los siguientes.
- No Responsable del IVA: para el caso del Régimen Simplificado.
- Responsable por el IVA: para el caso del Régimen Común.
Este nuevo cambio significa que si haces parte del Régimen Común ahora debes acogerte la denominación responsable del IVA y te encuentras obligado a recaudar impuestos y a facturar de forma electrónica.
Los antiguos pertenecientes al Régimen Simplificado no son responsables de IVA.

Requisitos para pertenecer al Régimen Simple o de no Responsables del IVA
Los siguientes son los requisitos que se deben cumplir para hacer parte de los no responsables del IVA.
- En el año anterior o en el año en curso hubieran obtenido ingresos brutos totales inferiores a 3.500 UVT provenientes de su actividad.
- No deben contar con más de un establecimiento de comercio, sede, oficina, negocio o local donde realicen su actividad.
- En su establecimiento de comercio, sede, oficina, negocio o local no pueden desarrollar actividades bajo el modelo de franquicia, regalía, concesión, autorización o de cualquier otro tipo que se enfoque en la explotación de intangibles.
- No deben ser usuarios aduaneros.
- Que no hayan celebrado en el año en curso o en el año inmediatamente anterior contratos para la venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, que sea igual o superior a 3.500 UVT.
- El monto de las consignaciones bancarias, inversiones o depósitos financieros durante el respectivo año o en el año anterior no deben superar 3.500 UVT.
- No debe estar registrado como contribuyente del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación.
¿Cuáles son las obligaciones legales de los no responsables del IVA?
- Deben inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT).
- Suministrar la copia del documento en donde se pueda constatar que pertenecen a los no responsables del IVA
- Presentar de forma visible a su público su certificado de inscripción en el RUT donde se pueda evidenciar que pertenece al grupo de los no responsables.

Obligaciones para los Responsables del IVA
En el grupo de los responsables del IVA o también conocido anteriormente como Régimen Común se encuentran quienes venden servicios o productos gravados con IVA, esto quiere decir que son los siguientes.
- Las personas jurídicas que comercialicen servicios o productos gravados con IVA.
- Las personas naturales que no cumplen con uno o más requisitos para hacer parte del grupo de no responsables del IVA
- Los usuarios aduaneros que cuenten con actividades laborales comerciales relacionadas con actividades gravadas con IVA.
¿Cuáles son las obligaciones de los responsables del IVA?
Las obligaciones de los responsables del IVA o también conocidos anteriormente como Régimen Común son las siguientes.
- Están obligados a recaudar el IVA, reportarlo y entregarlo a la DIAN.
- Deben realizar su debida inscripción en el Registro Mercantil.
- En el caso de los comerciantes, estos deben llevar su contabilidad.
- Realizar su inscripción en el RUT o actualizarlo en el caso de que hayan pertenecido al grupo de los no responsables del IVA.
- Presentar la declaración de renta.
- Expedir factura electrónica teniendo en cuenta los nuevos plazos establecidos en la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020.
Si eres una persona natural y dejas de cumplir con todos los lineamientos y obligaciones para los responsables del IVA puedes solicitar tu retiro de los responsables del IVA, teniendo en cuenta lo establecido en el parágrafo 3 del Artículo 437 del ET siempre y cuando demuestres que en el año anterior cumpliste con los requisitos para hacer parte del grupo de los no responsables.