FECHAS PARA PAGAR IMPUESTOS Y DECLARAR RENTA PARA LAS PERSONAS JURÍDICAS
Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y los contribuyentes del régimen tributario especial, diferentes a los calificados como grandes contribuyentes tendrán como obligación el pago de este impuesto en dos cuotas:
– Presentación de declaración y pago de primera cuota: del 7 de abril al 6 de
mayo, teniendo presente los dos últimos dígitos del NIT.
– Pago segunda cuota: del 8 al 22 de julio, teniendo en cuenta el último dígito
del NIT.
Importante que tenga en cuenta en este caso:
– Las entidades del sector cooperativo del régimen tributario especial deberán tener en cuenta los plazos determinados para las personas jurídicas.
– Sucursales y establecimientos permanentes de sociedades y entidades extranjeras y de personas naturales no residentes en el país (no grandes contribuyentes) que presten en forma regular el servicio de transporte aéreo, marítimo, terrestre o fluvial entre lugares colombianos y extranjeros podrán presentar la declaración del impuesto y cancelar en una sola cuota hasta el 21 de octubre de 2022, cualquiera sea el último dígito del NIT.


