¿QUÉ ES LA NOMINA ELECTRÓNICA?
El documento Soporte de Pago de Nomina Electrónica se deriva de los pagos o abonos en cuenta relacionados con la nómina que se desprenden de una relación laboral, de pensiones o legal y reglamentaria.
Está compuesto por:
- Los valores devengados de nómina
- Los valores deducidos de nómina
- El valor total de la diferencia de los mismos
¿CADA CUÁNTO Y CUÁNDO DEBE GENERARSE Y TRANSMITIRSE?
- De forma mensual, independientemente de la periodicidad con la cual el sujeto obligado realice los pagos de nómina.
- Primeros 10 dias de cada mes, atendiendo a las fechas del calendario establecido.
¿PARA QUÉ SIRVE?
Para soportar fiscalmente costos y deducciones en la declaración de renta ante la DIAN.
Las personas o empresas obligadas a presentar nomina electrónnica, son aquellos contribuyentes que realizan pagos o abonos en cuenta que se derivan de una vinculación por una relación laboral o legal y reglamentaria y por pagos a los pensionados a su cargo que requieran soportar los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta.
Este documento se debe generar y transmitir para la validación de la DIAN, uno por cada para cada uno de los beneficiarios de los pagos realizados por parte del sujeto obligado (Empleador). El sujeto obligado es aquel que requiera este documento como soporte de costos, gastos y deducciones.
¿QUÉ ES LA FACTURA ELECTRÓNICA?
Es la evolución de la factura tradicional, para efectos legales tiene la misma validez que el papel, sin embargo, se genera, valida, expide, recibe, rechaza y conserva electrónicamente, lo que representa mayores ventajas. Tributariamente es un soporte de transacciones de venta de bienes y/o servicios.
¿QUIENES DEBEN PRESENTAR FACTURA ELECTRONICA?
- Personas jurídicas que enajenen bienes y/o servicios.
- Personas naturales que enajenen bienes y/o servicios con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT.
- Personas naturales contratistas del Estado con ingresos brutos superiores a 4.000 UVT.
- O personas naturales diferentes de minoristas, artesanos, agricultores y ganaderos con ingresos inferiores a 3.500 UVT pero: Con más de un establecimiento de comercio, Explotación de intangibles, Usuarios aduaneros, Consignaciones e inversiones superiores a 3.500 UVT.
- Contribuyentes que optaron por el Régimen Simple de Tributación – RST
¿Qué se necesita para facturar electrónicamente?
Un facturador electrónico necesita los siguientes elementos:
- Software de facturación electrónica
- Certificado digital de firma

De acuerdo con la Resolución 000013 expedida por la #DIAN, las personas obligadas a generar y transmitir el documento digital de soporte de nómina, son aquellos contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, que realicen pagos o abonos generados de una vinculación laboral sin importar el número de empleados vinculados.
Sin embargo, la resolución señala que dicha obligación será para quienes requieran soportar los costos y gastos relacionados con el pago de nómina, por lo que, si un empleador no declara renta, no estará obligado a generar la nómina electrónica.
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